Qué es la evaluación de riesgos laborales y cuándo es obligatoria
La evaluación de riesgos laborales es un proceso obligatorio que consiste en identificar, analizar y valorar los riesgos para la salud de los trabajadores en el centro de trabajo, según lo establecido en el artículo 16 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Esta evaluación debe realizarse antes de la implantación de cualquier actividad que pueda suponer riesgos para la salud de los trabajadores y, posteriormente, actualizarse cuando se produzcan cambios significativos en las condiciones de trabajo, en los procesos, en los equipos o en los riesgos identificados.
La obligatoriedad se aplica a todos los empresarios, independientemente del número de trabajadores o del sector de actividad. En empresas con más de 50 trabajadores, debe realizarse por el Comité de Seguridad y Salud, mientras que en empresas con menos de 50 trabajadores, la responsabilidad recae en el Delegado de Prevención o en el empresario si no existe delegado.
La evaluación debe incluir:
- Identificación de los riesgos específicos de cada puesto de trabajo.
- Valoración de la probabilidad y gravedad de los riesgos.
- Determinación de las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir los riesgos.
- Registro de la evaluación y su actualización periódica.
La falta de evaluación o su incumplimiento puede derivar en sanciones graves por parte de la Autoridad Laboral, conforme al artículo 42 de la LPRL.
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