Qué es el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad

El recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad es una sanción económica que se aplica cuando una empresa incumple sus obligaciones de protección de los trabajadores frente a riesgos laborales, según lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Este recargo se incrementa el importe de las prestaciones que la Seguridad Social debe abonar al trabajador afectado por la falta de protección adecuada.

Las prestaciones afectadas incluyen: atención médica, incapacidad temporal, prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional, y la pensión por jubilación o invalidez. El recargo puede alcanzar hasta el 50% del importe de dichas prestaciones, dependiendo de la gravedad de la infracción y su repetición.

La aplicación del recargo se realiza mediante el Régimen Especial de la Seguridad Social, que gestiona las prestaciones por contingencias profesionales. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la Mutua correspondiente notifica el recargo al empresario y al trabajador afectado, tras constatar la falta de medidas preventivas que han causado el daño.

Para que se aplique el recargo, debe demostrarse que la empresa no adoptó las medidas de prevención obligatorias, como la evaluación de riesgos, la formación específica, la utilización de equipos de protección individual (EPIs) adecuados o la vigilancia de la salud. La Autoridad Laboral puede imponer sanciones por incumplimiento de la LPRL, pero el recargo de prestaciones es una medida económica directa de la Seguridad Social para compensar al trabajador.

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